I. Panorama general Ley de Seguros

La Ley No. 146-02 sobre Seguros y Fianzas, promulgada el 17 de septiembre de 2002, regula la organización, funcionamiento y supervisión de las actividades aseguradoras y reaseguradoras en la República Dominicana (RD).

Su finalidad es garantizar la estabilidad y solvencia del sistema de seguros, proteger a los asegurados, beneficiarios y terceros, y promover la transparencia y competencia en el mercado.

II. Autoridad reguladora

La Superintendencia de Seguros es el organismo autónomo del Estado encargado de la aplicación y supervisión de la Ley 146-02. Sus funciones principales son:

Derecho de Seguros


  • Autorizar y supervisar las compañías de seguros y reaseguros.
  • Vigilar la solvencia y reservas técnicas de las aseguradoras.
  • Regular a los intermediarios: corredores, agentes y ajustadores.
  • Emitir normativas y sancionar incumplimientos.

III. Empresas de seguros y requisitos

Para operar en la RD, las compañías de seguros deben:

  1. Obtener autorización de la Superintendencia de Seguros.
  2. Constituirse como sociedad anónima bajo las leyes dominicanas.
  3. Cumplir con requisitos de capital mínimo y reservas técnicas.
  4. Presentar programas de seguros y cumplir con la normativa prudencial.

IV. Contrato de seguro

    El contrato de seguro se define como el acuerdo mediante el cual una aseguradora, a cambio del pago de una prima, se obliga a indemnizar al asegurado o beneficiario en caso de que ocurra el riesgo asegurado.

    Elementos esenciales:

    • La prima: contraprestación pagada por el asegurado.
    • El riesgo asegurado: hecho futuro e incierto que da lugar a la cobertura.
    • La indemnización o prestación asegurada.
    • La póliza de seguros: documento que establece los términos y condiciones.

    V. Tipos de seguros

      1. Seguros de personas: vida, salud, accidentes personales.
      2. Seguros de daños: incendio, robo, transporte, automóviles, responsabilidad civil, riesgos profesionales.
      3. Seguros de fianzas: garantías financieras y de cumplimiento.
      4. Reaseguros: contratos por los cuales una aseguradora transfiere parte de sus riesgos a otra compañía.

      VI. Protección al consumidor y obligaciones

        La Ley 146-02 establece:

        • La obligación de entregar copia de la póliza y sus condiciones generales al asegurado.
        • Reglas de transparencia en la publicidad de productos de seguros.
        • El derecho de los asegurados a recibir indemnización oportuna.
        • El deber de las aseguradoras de mantener reservas técnicas suficientes para garantizar el pago de siniestros.

        VII. Resolución de conflictos

        Las controversias pueden resolverse por vía judicial, administrativa o mediante arbitraje, cuando las partes lo pacten en la póliza.


        Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. Next


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