I. Panorama general de la Ley de Medio Ambiente

La protección del medio ambiente en la República Dominicana (RD) está regulada principalmente por la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00, promulgada el 18 de agosto de 2000. Esta Ley establece los principios y normas que rigen la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, garantizando un desarrollo sostenible en armonía con el derecho de las generaciones presentes y futuras a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la autoridad rectora responsable de aplicar y hacer cumplir la Ley 64-00, así como de formular políticas ambientales, emitir regulaciones, supervisar su cumplimiento y sancionar las violaciones.

II. Principios fundamentales

Derecho Administrativo
Servicios - Derecho Administrativo


La Ley 64-00 se fundamenta en varios principios ambientales internacionales y constitucionales, entre los que destacan:

  • Prevención y precaución: se prioriza la adopción de medidas para evitar daños ambientales antes de que ocurran.
  • Responsabilidad y reparación: quienes causen daños al medio ambiente deben asumir los costos de su reparación.
  • Participación ciudadana: se garantiza la participación de la sociedad en la toma de decisiones sobre asuntos ambientales.
  • Desarrollo sostenible: se busca un equilibrio entre crecimiento económico, equidad social y protección ambiental.

III. Instrumentos de gestión ambiental

Entre los principales mecanismos creados por la Ley 64-00 se encuentran:

  • Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): todo proyecto, obra o actividad susceptible de causar impactos significativos al medio ambiente debe contar con una licencia ambiental previa, basada en un estudio de impacto ambiental aprobado.
  • Auditorías ambientales: evaluaciones periódicas para verificar el cumplimiento de la normativa ambiental.
  • Ordenamiento territorial: políticas para regular el uso de la tierra y prevenir la degradación ambiental.
  • Áreas protegidas: creación, administración y conservación de parques nacionales, reservas y monumentos naturales.

IV. Responsabilidad y sanciones

    La Ley establece responsabilidad civil, administrativa y penal por daños al medio ambiente. Las sanciones incluyen multas, suspensión de actividades, revocación de licencias ambientales, clausura de instalaciones y, en casos graves, responsabilidad penal de los infractores.

    V. Recursos naturales regulados

    La Ley 64-00 regula de manera específica el uso y protección de:

    • Agua y recursos hídricos.
    • Suelo y subsuelo.
    • Bosques y biodiversidad.
    • Recursos costeros y marinos.
    • Aire y calidad atmosférica.

    VI. Acceso a la justicia ambiental

      La Ley reconoce el derecho de cualquier persona o colectivo a denunciar actos que afecten el medio ambiente y a interponer acciones legales para exigir el cumplimiento de la normativa.


      Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. Next


      Descubre nuestros ServiciosContáctanos