I. Panorama general de la Ley de Cine en la República Dominicana

La Ley No. 108-10 para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana, promulgada el 29 de julio de 2010, establece el marco regulatorio para el desarrollo de la industria cinematográfica nacional, incentivando tanto la producción local como extranjera mediante un régimen de estímulos fiscales y aduaneros.

El objetivo de la Ley es convertir a la República Dominicana en un destino competitivo para la producción audiovisual internacional y al mismo tiempo fortalecer el talento, la infraestructura y la capacidad de producción local.

Derecho de la Industria Cinematográfica


II. Órganos rectores

La aplicación y supervisión de la Ley corresponde a:

  1. Dirección General de Cine (DGCINE): organismo rector de las políticas públicas de fomento al cine.
  2. Consejo Intersectorial para la Promoción de la Actividad Cinematográfica (CIPAC): encargado de aprobar proyectos y autorizar los beneficios fiscales.

III. Incentivos fiscales principales

  1. Crédito fiscal transferible:
    • Las inversiones en producciones cinematográficas locales aprobadas por DGCINE pueden beneficiarse de un crédito fiscal transferible equivalente al 25% del monto invertido.
  2. Exención de impuestos aduaneros y del ITBIS:
    • Aplica para la importación de equipos técnicos, utilería, accesorios y otros insumos necesarios para la producción.
  3. Deducción del Impuesto sobre la Renta (ISR):
    • Las empresas que inviertan en proyectos cinematográficos aprobados pueden deducir el monto invertido de su renta imponible.
  4. Exenciones municipales:
    • Beneficios adicionales aplicables en permisos y tasas locales.

IV. Requisitos para acceder a los incentivos

    • El proyecto debe ser aprobado previamente por DGCINE y calificado como producción nacional o coproducción.
    • El productor debe inscribir la obra en el Registro Nacional de Obras Audiovisuales.
    • Debe cumplirse con las normativas laborales, de seguridad social y de contratación de personal local.

    V. Producciones extranjeras

      La Ley 108-10 también otorga facilidades a productoras extranjeras que elijan al país como escenario de filmación, ofreciendo incentivos fiscales, apoyo en trámites migratorios y facilidades logísticas.

      VI. Impacto de la Ley

      Desde su promulgación, la Ley de Cine ha generado un crecimiento sostenido en la industria audiovisual dominicana, posicionando al país como un hub regional de filmación. Esto ha permitido la atracción de grandes producciones internacionales, el desarrollo de infraestructura especializada (estudios, equipos de filmación y postproducción), y la creación de empleos en sectores conexos como turismo, transporte, servicios técnicos y artísticos.


      Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. Next


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