I. Panorama General de la República Dominicana
La República Dominicana es el principal destino del Caribe en materia de inversión extranjera, zonas francas de exportación, transporte aéreo y marítimo y turismo.
Los principales factores que han permitido a la República Dominicana alcanzar esta posición son su ubicación geoestratégica en el centro del Caribe y entre Estados Unidos, Europa, Centro y Suramérica; un entorno político estable; los recursos naturales y la infraestructura moderna del país; amplios incentivos a la inversión extranjera y prácticamente ninguna restricción en materia de inversión, cambio de divisas y transferencias.
Los principios de libertad de empresa, comercio e industria, compatibles con la libertad contractual y la promoción de la inversión extranjera, las exportaciones y el libre comercio, aseguran que los inversionistas nacionales e internacionales encuentren un clima favorable de negocios e inversión.
La legislación dominicana otorga a las entidades locales y extranjeras que realizan negocios en la República Dominicana los mismos derechos y deberes. El registro de entidades extranjeras es requerido cuando estas desarrollen actividades locales, tales como contratar empleados, firmar contratos, abrir cuentas bancarias, adquirir vehículos, bienes inmuebles, entre otros.
De acuerdo con la legislación dominicana, las empresas están sujetas a la ley bajo la cual fueron constituidas para efectos de cumplir con los requisitos societarios, y están igualmente sujetas a las normas locales en materia contable, laboral, de seguridad social, tributaria y otras regulaciones. La Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (Ley 479-08), y sus modificaciones, así como las normas tributarias, regulan tanto las sociedades dominicanas como el registro de sucursales de compañías extranjeras.
El Código de Trabajo Dominicano (Ley 16-92) regula todo trabajo realizado bajo la subordinación de un empleador en territorio dominicano. Sus principios y disposiciones siguen las directrices de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y definen los contratos laborales, sus modalidades, las normas de trabajo, la renuncia de empleados, el despido y la terminación de la relación laboral.
La Ley General de Defensa de la Competencia (Ley 42-08) busca promover y defender la competencia efectiva y la buena fe comercial para incrementar la eficiencia económica en los mercados de bienes y servicios en beneficio de los consumidores y usuarios en el territorio dominicano. Define y sanciona actividades consideradas ilegales como las prácticas concertadas y acuerdos anticompetitivos, el abuso de posición dominante, la competencia desleal, y se complementa con la Ley de Propiedad Industrial (Ley 20-00), que define y sanciona actos de competencia desleal relacionados con la violación de derechos de propiedad industrial y secretos empresariales.
Las empresas que operan en la República Dominicana deben inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio correspondiente al domicilio de la sociedad. El registro de sociedades, resoluciones corporativas y modificaciones sirve para cumplir con los requisitos de publicidad.
Los registros mercantiles están abiertos a cualquier persona que desee consultar información societaria, ya sea contenida en la base de datos del registro o en documentos corporativos específicos. La Ley establece que las sociedades dominicanas adquieren personalidad jurídica únicamente después de haberse inscrito en el Registro Mercantil.
Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. ext
