I. El español como idioma oficial
La Ley No. 5136 declara el castellano (o español) como idioma oficial de la República Dominicana, disponiendo que es obligatorio el uso de este idioma ante los organismos del Gobierno Central y sus instituciones descentralizadas.
II. Presentación de documentos en español
El artículo 2 de la Ley 5136 establece que toda solicitud, reclamación o presentación que deba realizarse ante los organismos del Gobierno Central o sus dependencias deberá hacerse por escrito u oralmente, según el procedimiento aplicable, en idioma español. De lo contrario, no será considerada válida, lo que implica que las pruebas o documentos redactados en un idioma distinto al español suelen ser invalidados o desestimados por los tribunales judiciales dominicanos.
III. Traducción obligatoria por intérpretes legales
La Ley 5136 dispone que los intérpretes legales de la República Dominicana deberán traducir al español cualquier documento redactado o emitido en un idioma distinto, para poder ser depositado o presentado ante las autoridades públicas.
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