I. Panorama general de la Ley de Quiebras y Reestructuración
La quiebra y reestructuración de empresas en la República Dominicana (RD) está regulada por la Ley No. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes, promulgada el 7 de agosto de 2015.
Su finalidad es establecer un marco legal moderno para la recuperación de empresas viables en dificultades financieras y la liquidación ordenada de aquellas que no puedan continuar operando, garantizando la protección de los acreedores y fomentando la estabilidad económica.
II. Procedimientos previstos en la Ley
1. Reestructuración empresarial
- Tiene como objetivo permitir que la empresa continúe sus operaciones, preserve empleos y honre sus obligaciones bajo nuevos términos.
- Implica la presentación de un plan de reestructuración que debe ser aprobado por la mayoría de los acreedores y homologado por el tribunal especializado.
2. Liquidación judicial
- Aplica cuando no es posible la recuperación de la empresa.
- Consiste en la venta ordenada de los activos para el pago proporcional de los acreedores, conforme al orden de prelación establecido por la ley.
III. Tribunal competente
Los tribunales de reestructuración y liquidación de empresas y personas físicas comerciantes tienen competencia exclusiva para conocer estos procesos.
IV. Participación de los acreedores
Los acreedores tienen un rol central en los procedimientos, ya que deben:
- Verificar y registrar sus créditos.
- Participar en las juntas de acreedores.
- Votar sobre el plan de reestructuración.
V. Órganos auxiliares
La Ley prevé la designación de:
- Conciliador: facilita la negociación entre la empresa deudora y sus acreedores durante la fase de reestructuración.
- Liquidador: administra la venta de los activos en caso de liquidación.
- Comité de acreedores: supervisa el proceso y protege los intereses colectivos de los acreedores.
VI. Beneficios de la reestructuración
- Posibilidad de suspender temporalmente acciones judiciales y medidas de embargo.
- Preservación de la empresa como fuente de empleo y actividad económica.
- Mayor recuperación para los acreedores en comparación con la liquidación.
VII. Reconocimiento internacional
La Ley 141-15 incorpora principios de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Insolvencia Transfronteriza, lo que facilita la cooperación judicial y el reconocimiento de procesos de insolvencia en otros países.
Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. Next
