I. Panorama General Ley de Zonas Francas

La Ley No. 8-90 sobre Zonas Francas de Exportación, promulgada el 15 de enero de 1990, establece el marco legal que regula la instalación, operación y beneficios fiscales de las empresas de zonas francas en la República Dominicana (RD).

El objetivo de la Ley es promover la inversión, generar empleos, incrementar las exportaciones y diversificar la economía dominicana mediante la concesión de incentivos especiales a empresas establecidas en estas áreas.

II. Definición

Se considera Zona Franca de Exportación el área delimitada del territorio nacional, bajo control aduanero, donde se instalan empresas autorizadas a producir bienes y servicios destinados principalmente a la exportación, beneficiándose de un régimen fiscal y aduanero especial.

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III. Incentivos fiscales y aduaneros

Las empresas operando bajo el régimen de zonas francas gozan de:

  1. Exención total de impuestos:
    • Sobre la renta.
    • Sobre transferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS).
    • De aranceles e impuestos aduaneros sobre materias primas, insumos, maquinarias y equipos.
  2. Exenciones municipales:
    • Beneficios en tasas y contribuciones locales.
  3. Otros beneficios:
    • Facilidades migratorias para personal técnico extranjero.
    • Acceso a regímenes especiales de importación temporal.

IV. Tipos de empresas autorizadas en zonas francas

    • Manufactura de exportación: textiles, calzados, dispositivos médicos, electrónicos, agroindustriales, entre otros.
    • Servicios: call centers, BPOs, centros de datos, servicios logísticos.
    • Empresas de logística y distribución internacional.
    • Empresas de servicios financieros internacionales.

    V. Requisitos de instalación

      • La empresa debe presentar un proyecto de inversión ante el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE).
      • Obtener autorización formal mediante resolución emitida por el CNZFE.
      • Cumplir con las normativas de seguridad, laborales y medioambientales aplicables.

      VI. Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE)

        El CNZFE es el órgano rector del sistema, responsable de:

        • Autorizar y supervisar la instalación de nuevas empresas.
        • Aprobar la creación de parques de zonas francas.
        • Monitorear el cumplimiento del régimen fiscal especial.

        VII. Impacto económico

        Las zonas francas representan uno de los principales motores de exportación del país, generando miles de empleos y atrayendo inversión extranjera directa. Han permitido a la RD consolidarse como líder regional en sectores como dispositivos médicos, tabaco, confecciones textiles y servicios de outsourcing.


        Esta publicación se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Cualquier transacción relacionada con los aspectos aquí descritos deberá ser consultada previamente y específicamente con la Firma. © Arthur & Castillo. Todos los Derechos Reservados. Next


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